"La protección de los animales es un deber y obligación por parte de los ciudadanos en cada país; sin embargo, en el diario vivir resulta común las noticias respecto al maltrato hacia los animales y la comisión de actos de crueldad hacia los mismos, por lo cual resulta necesario la implementación de normas jurídicas que regulen la conducta humana a fin de buscar la protección de las especies animales y que de manera coercitiva se eviten estas malas prácticas".
A través del decreto 05-2017 el Congreso de la República de Guatemala aprobó la Ley de Protección y Bienestar Animal el 28 de febrero de este año. La nueva ley establece infracciones que serán impuestas a personas por descuido o maltrato a cualquier animal.
Algunas de las acciones que serán penalizadas son:
Envenenamiento de animales, peleas de perros, abandono, abusar de un animal de carga, cortar cola u orejas de un perro por "estética", etc . La ley también prohíbe usar animales en investigaciones cosméticas y circos.
"Educando, previniendo y en consecuencia erradicando el maltrato animal..."
El articulo 11 de la presente ley también incluye un plazo de 2 años al Ministerio de Educación, para incluir dentro del pensum de estudios programas de educación enfocados al bienestar animal.
Para asegurarse del cumplimiento de esta ley, se ha creado la Unidad de Bienestar Animal que esta a cargo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA); también se estableció la Comisión Nacional para la Protección de los Animales. Las denuncias pueden ser realizadas a través de la PNC, la Unidad de Bienestar Animal o la Municipalidad correspondiente.
La ley fue publicada en el Diario Oficial de Centroamérica el 3 de abril del año 2017, y se hizo efectiva ocho días después de dicha publicación.
Aquí puedes leer la ley completa: